Reforma LFPIORPI: Nuevas Obligaciones para Empresas Inmobiliarias

¿Tu empresa realiza desarrollo, compraventa
o arrendamiento de inmuebles?

Con la inminente aprobación de la reforma a la LFPIORPI, el cumplimiento en materia de prevención de lavado de dinero ya no es opcional. Conoce los puntos clave que toda empresa inmobiliaria debe atender para evitar sanciones

1. Registro obligatorio ante el SAT como Sujeto Obligado

Si tu empresa realiza actividades inmobiliarias como desarrollo o compraventa, debes inscribirte ante el SAT como Sujeto Obligado bajo la LFPIORPI. En caso de ser persona moral, es obligatorio designar un Representante de Cumplimiento, conforme al artículo 20 de la Ley.

En caso de ser persona moral, es obligatorio designar un Representante de Cumplimiento, conforme al artículo 20 de la Ley.

2. Umbrales de identificación y reporte

La reforma establece límites específicos para:

  • Identificar a tus clientes
  • Reportar operaciones al SAT
  • Debes implementar filtros internos para detectar y reportar operaciones que excedan dichos umbrales
4. Prohibiciones en uso de efectivos y metales

Ciertas operaciones no podrán realizarse en efectivo ni con metales preciosos si superan los montos establecidos por la Ley. Tu empresa debe garantizar el cumplimiento de estas restricciones en todas sus transacciones.

5. Conversación de documentación

Toda la información relacionada con operaciones (identificaciones, contratos, comprobantes) deberá resguardarse por al menos 10 años. Este archivo es clave para auditorías y verificaciones del SAT.

6. Sistema Automatizado Interno de Prevención de Lavado de Dinero

Tu empresa deberá implementar un sistema sólido de cumplimiento, que incluya:

✔️ Políticas y procedimientos escritos

✔️ Controles de debida diligencia para clientes

✔️ Monitoreo de operaciones inusuales o relevantes

✔️ Canal de denuncia interna (SAR)

⚠️ El SAT intensificará sus visitas de verificación y podrá aplicar sanciones administrativas por incumplimiento.

7. Alcance ampliado y supervisión internacional

El alcance de la Ley se extiende e incorpora nuevos sectores y actividades, alineados con las recomendaciones del GAFI. Esto implica mayor vigilancia sobre:

  • Desarrollos inmobiliarios
  • Compraventa
  • Arrendamientos
  • Financiamientos con bienes inmuebles

 

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Cumplir es obligatorio. Prepararse es urgente.

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